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  • 19-06-2019 | ¿QUÉ HACER ANTE LA NOTICIA DE QUE TU “QUERIDA“ EMPRESA TE DESPIDE?

    A más de uno, le habrá pasado que tras prestar durante un largo tiempo sus servicios en una empresa o cuando se acerca el momento en que te han prometido hacerte contrato indefinido ha venido el abogado de empresa, el jefe o el de recursos humanos y nos ha invitado en ocasiones de forma poco respetuosa a abandonar la empresa.

    Lo primero, antes de poder asumir ese disgusto o alivio en algunos casos, es NO FIRMAR NADA. Tengamos en cuenta en primer lugar, que la empresa siempre va mirar por su beneficio e interés, dejemos los sentimientos apartados al momento en que voluntariamente te abone la improcedencia (suele ser 1 de cada 100 casos desde mi experiencia).

    En segundo lugar, antes de firmar cualquier documento (sea la carta de despido, la nómina del último mes o el finiquito) solicitemos leerla o llevárnosla a nuestra casa y entregarla al día siguiente firmada si estamos conformes. Aquí empieza a producirse los problemas:

    1-Es muy probable que la persona que te entregue la carta de despido, no sea la primea vez que lo haga, por lo tanto va intentar que firmes en ese momento la carta de despido sin dejarte leerla y evitar así que puedas impugnar el despido.
    2-En el caso de que no te dejen leerla ni te quieran dar copia, NO FIRMES NADA, deberán notificarte a través de un burofax o de otro medio la carta de despido( eso no quiere decir que dejes de ir a la empresa a trabajar el día siguiente) . Es muy probable que hasta la conversación la estén grabando para utilizarla en el procedimiento judicial.
    3-En el caso que te dejen leer la carta y te den copia y no estés de acuerdo con lo relatado en la citada carta de despido, siempre firmar como “NO CONFORME”.
    4- Es muy probable que si ven que no vas a firmar o que firmas como “no conforme” intenten presionarte con las típicas frases “ FIRMAS O NO TE PAGO LA ÚLTIMA NÓMINA O NO TE ARREGLAMOS EL PARO”, lo que roza el nivel de pirata (no siempre pasa en favor de algunos empresarios) ya que cualquier despido implica que tengas el derecho a desempleo o paro y en el caso de que no te quieran abonar la última nomina el empresario lo acabará haciendo con intereses legales en sentencia o llegando a un acuerdo en la conciliación.

    En tercer lugar, una vez te comuniquen la carta de despido sea antes de firmarla o firmada como “no conforme ” importante que te pongas en contacto con un abogado para que te vaya guiando a la hora de realizar cualquier tipo de actuación y de la viabilidad del caso, ya que en muchas ocasiones me acuden clientes con la carta de despido firmada reconociendo ciertos hechos gravemente perjudiciales y es muy difícil posteriormente acreditar el engaño sufrido.

    Una vez entregada la carta de despido será el momento que disponemos de un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido, primeramente a través de una papeleta de conciliación y poder saber aproximadamente a través de la información del trabajador (contrato de trabajo , nómina, certificado de empresa) el importe de la posible indemnización , “dato muy relevante para la mayoría de los clientes”.

    Una vez interpuesta la papeleta se celebrará el acto de conciliación con las posibilidades de SIN EFECTO (no se presenta la empresa), SIN AVENENCIA (no hay acuerdo) y CON AVENENCIA (caso de acuerdo). En los 2 primeros casos deberemos interponer escrito de demanda reclamando el despido.

    Cabe una matización a lo anterior cuando se produce un DESPIDO VERBAL, difícil de acreditar ya que no existe carta de despido. Lo recomendable en estos casos es intentar aportar todas las pruebas que tengamos sea a través de whapsapp, mensajes , fotos, testigos…, e intentar reclamar lo antes posible para acreditar que estamos ante el supuesto de un despido verbal, a modo anecdótico recuerdo un caso en que una empresa de transporte despidió de forma verbal a varios trabajadores y a los pocos días se volvieron a poner en contacto con mis clientes para que fueran a “hablar” , obviamente les acompañé y me echaron de la empresa ya que no era persona ingrata. Conseguimos acreditar el despido improcedente.

    Espero haberos guiado para el caso que sufráis un despido, para el caso de dudas o asesoramiento tenéis nuestro número de contacto en la página web y aquí.

    Rodrigo Toledo Pérez


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